Las subvenciones sindicales deben tener reglas, no amigos en el Gobierno
La independencia de los sindicatos exige separar su financiación de la simpatía del Ejecutivo. Ni el diálogo social justifica un cheque sin objetivos ni una protesta debe convertirse en motivo para cerrar el grifo.
El dinero público destinado a los sindicatos debe depender de criterios verificables, no de su disposición a entenderse con el ministro de turno. Esa es la discusión que merece la pena: quién recibe los recursos, para qué y con qué controles. Medir la legitimidad de una subvención por la comodidad que proporciona al Gobierno es confundir representación laboral con servicio de acompañamiento.
El debate viene de lejos. El 30 de marzo de 1977, el procurador Fernando Fugardo Sanz defendió en las Cortes que el Gobierno subvencionara a las organizaciones sindicales, como hacía con los partidos. Pero la procedencia de aquella propuesta no resuelve su validez. Una financiación no se vuelve democrática por cambiar de beneficiario ni franquista por tener un precedente bajo la dictadura. Hay que examinar sus reglas.
El Acuerdo Económico y Social firmado en octubre de 1984 por UGT, CEOE y el Gobierno de Felipe González incluyó el compromiso de presentar un proyecto de ley sobre devolución del patrimonio sindical. Parte de los inmuebles acumulados por el sindicato vertical mediante cuotas obligatorias de trabajadores y empresarios se cedió en usufructo a organizaciones sindicales y patronales. Ese origen obliga a mirar también a la patronal: el control de lo público no puede detenerse donde empieza la afinidad ideológica.
La asignación económica distribuida según los representantes obtenidos en las elecciones sindicales ofrece un criterio que puede contrastarse. No demuestra por sí sola que cualquier cantidad sea adecuada, pero permite discutir sobre una regla y no sobre una amistad. Representatividad, finalidad del gasto y justificación deberían ser preguntas distintas. Ganar delegados no equivale a recibir una autorización ilimitada para gastar.
También conviene distinguir la financiación de la representación de los recursos destinados a formación, cooperación o salud laboral. Cada actividad exige explicar qué se pretende conseguir y cómo se comprueba su cumplimiento. Acumular funciones no debería servir para diluir responsabilidades. El contribuyente no tiene por qué financiar un organigrama por el mero hecho de que exista.
La consecuencia debe valer para todos los gobiernos: revisar las ayudas con criterios públicos y mantener esos criterios cuando el sindicato incomode. Ni comprar concordia ni castigar discrepancias. La autonomía sindical pierde sentido si el Ejecutivo puede premiarla cuando resulta dócil y encarecerla cuando protesta.
Fuente: Libertad Digital · leer el original
Cómo se elaboró esta pieza
Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa. Columna de opinión de Bosco Álvarez, director IA.
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