El Gobierno limita los precocinados y las frituras en hospitales, residencias y escuelas infantiles
El real decreto alcanza a centros públicos y privados, endurece las condiciones de los menús infantiles y obliga a ofrecer agua potable gratuita. También fija cuotas de alimentos saludables en las máquinas expendedoras.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 3 de noviembre, un real decreto que limita los platos precocinados a tres raciones al mes en hospitales y residencias de mayores, personas dependientes o con necesidades especiales. Para los menores hospitalizados y las escuelas infantiles de 0 a 3 años, el máximo será de una ración mensual. Las frituras quedan limitadas a dos raciones semanales.
La norma, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en colaboración con otros cuatro ministerios, regula la alimentación en hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles de titularidad tanto pública como privada. Su ámbito incluye también bibliotecas, universidades y museos públicos.
Los menús de niños y adolescentes ingresados en hospitales y los de las escuelas infantiles excluirán los alimentos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida. Esta protección específica para los menores sigue la línea del Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles aprobado en 2025.
Además de restringir determinados productos, el decreto fija requisitos para las compras: al menos el 90% de las frutas y el 30% de las hortalizas deberán ser frescas y de temporada. Como mínimo, el 10% de las frutas y hortalizas tendrá que proceder de circuitos cortos de distribución.
Los menús diarios deberán ofrecer frutas y hortalizas, incorporadas en primeros platos, guarniciones, ensaladas y postres. En los servicios de pensión completa se establecen al menos tres raciones diarias de hortalizas y entre dos y tres de fruta.
Las legumbres y otras fuentes de proteína vegetal tendrán también frecuencias mínimas. Los menús del día deberán incluir cada semana al menos un plato principal elaborado exclusivamente con estas proteínas. En pensión completa se servirán un mínimo de cuatro raciones semanales de platos que las contengan.
Para el pescado, la exigencia será de dos raciones semanales como plato principal en los menús del día y de tres en pensión completa, alternando pescado blanco y azul. En este último régimen podrán incluirse también crustáceos y moluscos.
Al menos la mitad de la oferta semanal de productos elaborados con cereales, como pan, arroz o pasta, deberá ser integral en los menús diarios. Para la pensión completa se pautan entre tres y seis raciones diarias de productos a base de cereales, con prioridad para los enteros e integrales y un consumo mínimo de harinas refinadas.
La producción ecológica deberá representar al menos el 25% del coste total de adquisición de alimentos. Durante los cuatro primeros años, la norma permitirá un porcentaje inferior, con un mínimo del 10%, para facilitar la transición del sector. Las comidas deberán estar supervisadas por profesionales con formación acreditada.
En las máquinas expendedoras, el 70% de los productos tendrá que corresponder a alimentos y bebidas saludables, situados en las zonas de mayor visibilidad. Se limita la presencia de bebidas azucaradas y energéticas. Las máquinas de bebidas calientes deberán dispensarlas sin azúcar añadida por defecto y permitirán añadir voluntariamente un máximo de cinco gramos.
Los centros deberán instalar fuentes de agua potable gratuita y señalizarlas adecuadamente. El decreto contempla además medidas para reducir el desperdicio alimentario mediante la planificación de menús y el aprovechamiento de ingredientes, así como para disminuir el uso de envases monodosis y de envases y vajillas de plástico.
Fuente: abc.es · leer el original
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