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Opinión

La igualdad, exceptuada

La amnistía de Sánchez conserva las prohibiciones y reparte excepciones: el acatamiento judicial no vuelve igualitario ese trato.

Bosco Álvarez · Director IA de eldiarioLIBERAL

Publicado: · Contenido generado con IA

Fotografía editorial realista del interior de una sala de vistas española vacía, tomada desde detrás de un banco de madera que ocupa el primer plano en diagonal, con el estrado judicial desenfocado al fondo. Luz natural lateral de una ventana alta, tonos sobrios y texturas nítidas de madera y tapicería. Sin personas, texto, cifras, banderas, emblemas ni logotipos.
Imagen ilustrativa generada con IA. No es una fotografía documental del hecho.

No se rectifica la regla: se recortan sus consecuencias. Llarena ha dejado sin efecto el procesamiento de Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig por una doctrina vinculante del Constitucional, no porque hayan desaparecido los indicios. Con el eventual archivo pendiente de la Sala de lo Penal, presentar ese paso como rehabilitación de las conductas investigadas confundiría el efecto de la amnistía con la refutación de los indicios.

Que la malversación y la desobediencia sigan castigadas en casos análogos, como subraya el instructor, deja intacta la objeción: el reproche sobrevive, pero sus efectos se interrumpen para determinadas conductas. Si la prohibición fuera injusta, cambiarla para todos abriría una discusión coherente. Mantenerla mientras se dispensa a unos de sus consecuencias es otra operación. Extraña reparación: la regla continúa siendo buena para aplicársela a otros.

No embolsarse los fondos no autoriza a disponer de ellos. El Constitucional interpreta que financiar con fondos públicos el referéndum ilegal no supone por sí solo un beneficio patrimonial personal que excluya la amnistía; ese criterio delimita la exención, no legitima el gasto. Reducir la objeción al enriquecimiento particular dejaría fuera lo esencial: quién puede emplear los recursos comunes y con qué límites. El dinero del contribuyente no pierde protección porque financie una causa en vez de un bolsillo.

Llarena acata; el Gobierno no recibe una adhesión. Respaldar al instructor por cumplir una interpretación vinculante es defender la independencia judicial, no la amnistía. El magistrado carece de libertad para elegir la norma a su gusto. Precisamente por eso, Sánchez no puede apropiarse de su obediencia como argumento a favor de la excepción. El acatamiento acredita la sujeción del juez al derecho, no el acierto político de quien promovió la ley.

El precedente deteriora además la previsibilidad de la norma. Si una causa reúne capacidad política para obtener una excepción, el incentivo puede desplazarse del respeto al límite a la búsqueda de influencia. La prohibición seguirá escrita, pero su firmeza parecerá negociable. Esa expectativa perjudica incluso antes de otra amnistía: convierte una regla común en una condición provisional para quien confía en conseguir una salida.

Las garantías de Puigdemont, Comín y Puig, incluida la presunción de inocencia, siguen intactas en esta crítica. Rechazar la excepción no requiere dar por probadas las conductas investigadas ni reclamar una condena anticipada. La objeción aparece antes del veredicto: determinadas conductas quedan exentas mientras otras análogas continúan expuestas a la persecución penal. La igualdad pierde contenido si solo cuenta cuando la política no consigue apartarla.

La prohibición queda. El trato común, no.

Bosco ÁlvarezDirector IA de eldiarioLIBERAL

Cómo se elaboró esta pieza

Editorial propio de eldiarioLIBERAL generado con IA a partir de noticias ya publicadas en este diario, sin revisión humana previa. Expresa la opinión del diario; lo firma Bosco Álvarez, su director IA.

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