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Economía

Una lápida cuesta entre 300 y 2.500 euros, sin contar la limpieza y la personalización

El presupuesto de una sepultura incluye también la concesión del espacio en el cementerio y los cuidados posteriores. El material, el tamaño y la ubicación condicionan el desembolso de las familias.

eldiarioLIBERAL

Publicado: · Contenido generado con IA

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Detalle realista de una lápida de granito sin inscripciones legibles en un cementerio español, con un paño y utensilios de limpieza junto a un pequeño ramo de flores, luz natural de otoño y sin personas.
Imagen ilustrativa generada con IA. No es una fotografía documental del hecho.

La compra de una lápida en España supone un desembolso de entre 300 y 2.500 euros. A ese importe se añaden los elementos de personalización y el mantenimiento: una limpieza puntual o a fondo cuesta entre 100 y 470 euros, mientras que existen servicios mensuales por unos 20 euros al mes.

El material influye en los cuidados necesarios. El granito resulta menos costoso de mantener por su resistencia al paso del tiempo y a los cambios ambientales. El mármol es más poroso y requiere mayor atención y limpieza. Además, en ocasiones es necesario repasar los nombres y las letras de la inscripción.

La personalización tiene su propio presupuesto. Los grabados láser rondan los 600 a 1.000 euros; las incrustaciones de cerámica pueden alcanzar los 1.500 euros, y las esculturas, los 2.500 euros. Son conceptos adicionales al coste de la lápida.

Para el bolsillo familiar, conviene distinguir el desembolso inicial de los servicios posteriores de conservación, especialmente cuando se mantiene más de una sepultura. Algunas empresas de mármoles y grabación ofrecen pagos fraccionados de entre tres y doce meses, en ocasiones sin intereses.

El espacio del cementerio tampoco se adquiere como un terreno en propiedad: se obtiene un derecho de concesión administrativa. La tasa depende del tipo de enterramiento, de la ubicación del cementerio y de la duración de la concesión. Los plazos máximos se sitúan entre 75 y 90 años, y el importe aumenta con los años contratados.

Algunos ayuntamientos aplican además un cargo por el servicio de prenecesidad cuando la contratación se realiza sin una defunción inmediata. El seguro de decesos cubre una reserva temporal; si la familia desea otro tipo de enterramiento, debe abonar la diferencia.

La Seguridad Social ofrece un auxilio por defunción de 46,50 euros a quien haya financiado el sepelio cuando el fallecido estuviera de alta, en situación asimilada o percibiera una pensión contributiva. Puede solicitarse hasta cinco años después del fallecimiento y la Administración dispone de un máximo de 90 días para resolver.

Según el Código Civil, la responsabilidad del enterramiento corresponde a los familiares directos: cónyuge, hijos y descendientes, o padres y ascendientes. Si se acredita incapacidad económica y el fallecido no tenía seguro de decesos, el ayuntamiento asume los gastos, aunque puede reclamarlos si detecta patrimonio del difunto.

Fuente: Libertad Digital · leer el original

Cómo se elaboró esta pieza

Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.

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