El Supremo rechaza ordenar un plan de expulsiones en Ceuta sin escuchar antes al Gobierno
El tribunal no aprecia la especial urgencia necesaria para adoptar la medida cautelarísima solicitada por el Ejecutivo de Vivas. La petición seguirá tramitándose por la vía cautelar ordinaria, antes de resolver el fondo del recurso.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado imponer al Gobierno, sin audiencia previa, la elaboración de un plan operativo para tramitar las expulsiones, devoluciones y procedimientos de protección internacional de los adultos que entraron en Ceuta los días 30 y 31 de julio de 2026.
El Ejecutivo ceutí, presidido por Juan Jesús Vivas, había solicitado que el tribunal ordenara al Gobierno de Pedro Sánchez aprobar y entregar ese plan en un plazo improrrogable de diez días. Pretendía obtener esa orden mediante una medida cautelarísima, antes de que la Administración General del Estado presentara sus argumentos.
El auto considera que no se han acreditado las circunstancias de especial urgencia exigidas por el artículo 135.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Por ello, los magistrados descartan adoptar las medidas solicitadas a costa del principio de contradicción, que permite a la parte contraria ser oída.
La decisión no resuelve si el Gobierno debe elaborar el plan reclamado por Ceuta. El Supremo ordena tramitar el incidente cautelar conforme al artículo 131 de la misma ley, para pronunciarse después de conocer los argumentos del Ejecutivo y las actuaciones que haya llevado a cabo.
La petición afecta a los procedimientos administrativos de las personas mayores de edad llegadas durante aquellas dos jornadas. Su alcance incluye tanto la expulsión o devolución como la protección internacional; el plazo de diez días reclamado por Ceuta correspondía a la aprobación y entrega del plan.
Los magistrados reconocen la gravedad de la situación derivada de la permanencia temporal indeterminada de un elevado número de migrantes en situación irregular tras la llegada masiva y simultánea del 30 de julio, mientras se resuelven los trámites pertinentes.
El auto señala que la gestión de esta crisis se desarrolla mediante la declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional.
Fuente: Libertad Digital · leer el original
Cómo se elaboró esta pieza
Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.
Nuestro métodoComentarios (0)
Cargando comentarios…
