La Audiencia de Alicante condena a Julio de España a año y medio de prisión por agredir sexualmente a una paciente
El expresidente de las Cortes Valencianas deberá indemnizar a la víctima con 12.000 euros. La sentencia, recurrible ante el TSJ, lo absuelve de la agresión sexual denunciada por otra paciente y de dos delitos de trato degradante.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado al médico y exdirigente del PP Julio de España por tocar los genitales de una paciente sin justificación médica durante una consulta de aparato digestivo. Los tres magistrados consideran probado que el facultativo incumplió las reglas de la práctica médica en la exploración realizada el 7 de agosto de 2023 en un centro privado de Alicante.
Además de un año y medio de prisión, el tribunal impone a De España, de 79 años, dos años de libertad vigilada y cuatro de inhabilitación para ejercer cualquier actividad en contacto con menores. La resolución puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia.
La paciente, que era enfermera, había acudido para solicitar una valoración y pruebas de intolerancia a ciertos alimentos, que le provocaban digestiones pesadas e inflamación intestinal. Durante la exploración, el médico le palpó el rostro, los pómulos, el cuello, el abdomen y el bajo vientre. Después le pidió, sin darle información, que se colocara sobre las rodillas y los codos, mirando hacia la pared.
La Audiencia distingue entre las dos actuaciones posteriores del facultativo. Considera que el tacto rectal estaba médicamente justificado y no constituía delito. En cambio, no encuentra justificación médica para la palpación genital que realizó después sin advertir a la paciente, y que fundamenta la condena por agresión sexual.
La mujer quedó paralizada durante los hechos y sufrió posteriormente un trastorno de ansiedad. La sentencia fija en 12.000 euros la indemnización que deberá abonarle el condenado.
El tribunal ha absuelto a De España de la agresión sexual denunciada por una segunda paciente, atendida en noviembre de 2021. Esta mujer, diagnosticada de colon irritable, también había acudido para solicitar pruebas de intolerancia alimentaria. Los magistrados concluyen que sus síntomas digestivos y antecedentes médicos justificaban la exploración anorrectal.
La absolución alcanza asimismo a los dos delitos de trato degradante de los que estaba acusado. La Sala razona que la postura genupectoral empleada en las consultas está admitida médicamente para estas exploraciones y no aprecia una finalidad de humillación. Respecto a los comentarios dirigidos a las pacientes, los considera impropios, faltos de sensibilidad y socialmente reprochables, pero no delictivos.
De España presidió las Cortes Valencianas y la Diputación de Alicante, esta última entre 1995 y 2003. También fue diputado en el Congreso y senador por designación autonómica. Su vinculación directa con la política terminó en julio de 2015, cuando dejó el Senado tras la pérdida del Gobierno valenciano por el PP.
Fuente: elmundo.es · leer el original
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