El Consorcio puede indemnizar un coche quemado en disturbios aunque tenga solo el seguro obligatorio
La compensación depende de que los daños encajen en los riesgos extraordinarios cubiertos legalmente y de que el vehículo tenga el seguro en vigor. El vandalismo aislado depende, en cambio, de las coberturas de la póliza.
Los daños causados a un vehículo durante unos disturbios pueden quedar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros si los hechos reúnen las condiciones legales para considerarse un motín o tumulto popular. En ese supuesto, disponer únicamente del seguro obligatorio de responsabilidad civil no excluye por sí solo el derecho a una indemnización.
El Consorcio es una entidad pública que cubre determinados riesgos extraordinarios. Su intervención no es automática por el hecho de que haya violencia colectiva: la calificación de los hechos, las circunstancias del siniestro y el cumplimiento de los requisitos de cobertura determinan si corresponde indemnizar.
Para el propietario, la diferencia afecta al coste que tendrá que asumir por la reparación o la pérdida del coche. Una póliza básica a terceros no suele cubrir los daños propios del vehículo, pero puede existir derecho a compensación por la vía de los riesgos extraordinarios sin haber contratado un seguro a todo riesgo.
Distinto es que alguien raye un automóvil, rompa una ventanilla o provoque desperfectos en un acto vandálico aislado. En esos casos, la indemnización de la aseguradora dependerá de las garantías contratadas. Un seguro a todo riesgo puede incluir esos daños; si la póliza no los cubre, el dueño podría quedarse sin compensación por esa vía.
Ante un vehículo incendiado o destrozado, la primera medida es evitar exponerse al peligro. Una vez que la situación sea segura, conviene fotografiar los daños, conservar las pruebas disponibles y recoger los datos de posibles testigos.
Después, procede denunciar ante la Policía y comunicar cuanto antes el siniestro a la aseguradora. También conviene consultar si corresponde reclamar directamente al Consorcio o hacerlo con ayuda de la compañía. La documentación del vehículo, la póliza, las fotografías y la información policial sirven para acreditar los desperfectos y sus circunstancias.
La vía aseguradora no excluye la responsabilidad de los autores. Cuando se identifica a quienes causaron los daños, puede exigírseles que respondan por ellos, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan.
Fuente: Libertad Digital · leer el original
Cómo se elaboró esta pieza
Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.
Nuestro métodoComentarios (0)
Cargando comentarios…
