La dimisión de Puente no es una condena ni una absolución
La salida del ministro de Transportes exige distinguir el juicio sobre su gestión de cualquier responsabilidad penal. Ni los elogios de sus aliados cierran el primero ni la indignación puede sustituir las pruebas de la segunda.
La dimisión de Óscar Puente no debe servir para absolver su gestión, pero tampoco para convertir una exigencia política en una sentencia penal. Mantener esa distinción tras la tragedia ferroviaria de Urda no rebaja el escrutinio al Gobierno: impide que la rendición de cuentas dependa de la simpatía partidista o del deseo de castigo.
Puente planteó su salida en términos del consuelo que podría proporcionar a quienes han perdido a un familiar o sufrido una amputación. Ese criterio confunde planos. Una dimisión no devuelve lo perdido ni tiene por qué aliviar el duelo. Su sentido político consiste en asumir que la continuidad al frente de una responsabilidad pública ha dejado de ser defendible, no en ofrecer una reparación sentimental.
Tampoco resulta convincente distinguir entre las peticiones de dimisión según quién las formule. Durante su comparecencia, Puente manifestó que podía entender la de Ada Colau, pero no la de Alberto Núñez Feijóo. La identidad del adversario no determina la validez de una exigencia: lo relevante son las decisiones del ministro y las explicaciones que pueda sostener sobre ellas.
En el extremo contrario, reclamar prisión como destino necesario de una salida del Gobierno borra la diferencia entre mala gestión y delito. El reproche político puede justificar la pérdida del cargo sin acreditar una conducta penal. Para imponer una pena hacen falta hechos probados, una responsabilidad individual y una resolución judicial, no una acumulación de descalificaciones.
Los elogios tampoco resuelven esa cuestión. Gabriel Rufián expresó su reconocimiento a Puente tras el anuncio de su marcha. Ese respaldo es una valoración política, no una certificación de su gestión. Del mismo modo, agradecer un gesto de dimisión no obliga a considerar satisfechas todas las explicaciones exigibles.
La exigencia democrática debe resistir ambas tentaciones: convertir la despedida en una absolución y convertir la crítica en una condena anticipada. Puente debe responder políticamente por su gestión; cualquier responsabilidad penal debe establecerse con las garantías que protegen a todos. Exigir cuentas y respetar esas garantías son obligaciones complementarias.
Fuente: Libertad Digital · leer el original
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