El Seguro Obligatorio de Viajeros va incluido en el billete y cubre lesiones y fallecimiento por accidente
Esta cobertura permite acceder a indemnizaciones y asistencia sanitaria sin contratar una póliza adicional. Es compatible con otros seguros que tenga el pasajero, incluidos los que puedan estar asociados al pago con tarjeta.
La compra de un billete de transporte público colectivo incorpora el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), una cobertura de accidentes individuales que no requiere firmar un documento anexo al título de transporte. Sus prestaciones incluyen las indemnizaciones legales y la asistencia sanitaria establecidas en caso de muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal provocadas por un accidente.
Para el viajero, esto supone disponer de una protección incluida en el precio del trayecto, sin necesidad de adquirir otro producto para acceder a ella. Además, el SOV es compatible con cualquier otro seguro que haya contratado el usuario.
La protección alcanza a las personas usuarias del transporte público colectivo español sin limitación de destino. En el transporte marítimo español, cubre los viajes que comiencen en territorio nacional, también con independencia de su destino.
Están asegurados quienes tengan un título de transporte, tanto de pago como gratuito, en el momento del accidente. La cobertura incluye asimismo a los menores exentos del pago del billete, al personal designado por la empresa transportista para los servicios necesarios para utilizar o hacer funcionar el vehículo y al personal de las administraciones públicas que viaje en ejercicio de sus funciones.
La pérdida del billete durante el siniestro tiene una previsión específica. Cuando se haya expedido sin identificar al pasajero, se entiende que la persona accidentada disponía de él si las características del accidente hacen verosímil su extravío o destrucción.
El SOV cubre las lesiones corporales que sean consecuencia directa de choques, vuelcos, alcances, salidas de la vía o de la calzada, roturas, explosiones e incendios. También contempla reacciones, golpes exteriores y otras averías o anomalías que afecten al vehículo o procedan de él.
La asistencia sanitaria tiene límites máximos según las circunstancias. Se extiende hasta las 72 horas posteriores al accidente para lesiones que no requieran hospitalización ni tratamiento especializado ambulatorio; hasta diez días cuando esté cubierta por otros seguros obligatorios; y hasta 90 días en los demás casos.
El pago del billete con tarjeta de crédito puede aportar una protección adicional. Algunas tarjetas de marcas como Visa o Mastercard llevan asociados seguros independientes de las coberturas obligatorias, que pueden contemplar fallecimiento, invalidez o incapacidad, siempre que el título de transporte se haya adquirido con ese medio de pago.
Fuente: abc.es · leer el original
Cómo se elaboró esta pieza
Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.
Nuestro métodoComentarios (0)
Cargando comentarios…
