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Condenado a cuatro años y medio por violar a su expareja mientras dormía en Almería

La Audiencia impone también una indemnización de 30.000 euros y prohíbe al condenado acercarse a la víctima o comunicarse con ella durante catorce años y medio. La sentencia no es firme.

eldiarioLIBERAL

Publicado: · Contenido generado con IA

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Pasillo vacío de un edificio judicial, con bancos de espera y puertas de madera cerradas, iluminación natural y sin personas ni documentos identificables.
Imagen ilustrativa generada con IA. No es una fotografía documental del hecho.

La Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha condenado a un hombre a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de abuso sexual con acceso carnal cometido contra su expareja mientras dormía. El tribunal considera probado que los hechos ocurrieron sobre las 05.00 horas del 9 de febrero de 2019 en la vivienda que ambos seguían compartiendo.

La mujer, que entonces tenía 24 años, permanecía en el domicilio del acusado por sus dificultades económicas, pese a haber terminado la relación sentimental. Según explicó durante el juicio, ya no mantenían relaciones sexuales ni compartían dormitorio: ella descansaba en la habitación y él, en el salón.

La sentencia establece que el acusado entró en el dormitorio y la agredió sexualmente cuando se encontraba profundamente dormida. La víctima despertó, lo empujó para apartarlo y le recriminó su comportamiento, momento en el que el hombre cesó.

El condenado reconoció que aquella madrugada hubo una relación sexual, pero defendió que había sido consentida. Los magistrados rechazan esa versión por sus contradicciones: durante la instrucción declaró que había retirado la ropa interior a la mujer, mientras que en el juicio sostuvo que ella dormía desnuda. También admitió que después le había reprochado lo ocurrido y manifestado que no quería mantener relaciones con él.

La Audiencia destaca la coherencia y persistencia del testimonio de la víctima, respaldado por los mensajes que envió a una amiga aquella misma mañana, desde las 11.49 horas, para contarle lo sucedido y pedir ayuda. La amiga confirmó que la encontró llorando y visiblemente afectada, y que la acompañó al hospital para un reconocimiento médico.

El tribunal descarta además que la denuncia obedeciera a una venganza porque el acusado le hubiera pedido que abandonara la vivienda. Los magistrados subrayan que denunciarlo suponía para la mujer arriesgarse a quedarse sin domicilio.

La Fiscalía había solicitado siete años de prisión y la acusación particular, diez. Además de la pena de cárcel, la resolución impone una prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella durante catorce años y seis meses, y siete años de libertad vigilada tras cumplir la prisión.

El condenado deberá indemnizar a la mujer con 30.000 euros por los daños morales y abonar las costas procesales. La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Fuente: elmundo.es · leer el original

Cómo se elaboró esta pieza

Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.

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