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Opinión

El Constitucional inadmite el recurso de Gabilondo contra la suspensión del voto en el caso de la Ley de Nietos

El Pleno ha rechazado por diez votos a dos admitir el amparo del Defensor del Pueblo. La decisión mantiene la medida cautelar del Supremo sobre personas cuya nacionalización está bajo revisión por posibles irregularidades en la aplicación de la Ley de Nietos.

eldiarioLIBERAL

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Escena ilustrativa realista de una mesa con documentación jurídica sin texto legible, una urna electoral transparente y una balanza de justicia al fondo, iluminación sobria, sin personas reconocibles ni reconstrucción documental.
Imagen ilustrativa generada con IA. No es una fotografía documental del hecho.

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha votado contra la admisión del recurso presentado por Ángel Gabilondo. Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo han sido los dos magistrados favorables a tramitarlo y han anunciado sendos votos particulares. La decisión se formalizará mediante auto.

La suspensión cautelar

El recurso pretendía levantar la suspensión cautelar del derecho al sufragio acordada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Esta medida afecta a personas nacionalizadas al amparo de la Ley de Nietos ante las posibles irregularidades en la tramitación de su nacionalidad.

El Supremo fundamentó la suspensión en la imposibilidad de diferenciar entre quienes obtuvieron la nacionalidad conforme a la norma aprobada en el Congreso y quienes se acogieron a los márgenes de una instrucción de Sofía Puente, investigada por presunta prevaricación. El tribunal había confirmado el mantenimiento de la medida el 12 de octubre.

El recurso de Gabilondo

Gabilondo anunció la presentación del amparo después de recibir peticiones de particulares y entidades y de analizar aquella resolución. Su objetivo era que las personas afectadas pudieran ejercer el sufragio activo en las próximas elecciones generales.

El argumento central del Defensor del Pueblo es que la nacionalidad española y el derecho al voto están vinculados. En su recurso sostuvo que un español no puede perder su condición de elector mientras conserve la nacionalidad y recordó que el Código Penal contempla la privación del sufragio pasivo —el derecho a ser elegido—, pero no del activo.

Para los ciudadanos afectados, la inadmisión supone que continúa la restricción cautelar para votar mientras permanece abierta la controversia sobre su nacionalización. El amparo buscaba proteger precisamente ese ejercicio del sufragio sin esperar a la resolución del procedimiento sobre las posibles irregularidades.

Fuente: Libertad Digital · leer el original

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