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Economía

Los bonos de la última convocatoria del Kit Digital caducan a los seis meses sin usar

El plazo para formalizar los contratos con un agente digitalizador es distinto de la duración del programa. La convocatoria para autónomos y empresas de menos de tres empleados cerró el 31 de octubre de 2025 y no se ha abierto otra.

eldiarioLIBERAL

Publicado: · Contenido generado con IA

Fecha original:

Mesa de trabajo de un pequeño comercio español, con un ordenador portátil, una carpeta de documentación administrativa y un calendario de sobremesa, luz natural y sin personas reconocibles
Imagen ilustrativa generada con IA. No es una fotografía documental del hecho.

Los beneficiarios de la última convocatoria del segmento III del Kit Digital disponían de seis meses desde la concesión para utilizar el bono. Dentro de ese periodo debían firmar los acuerdos con un agente digitalizador para contratar las soluciones subvencionadas. Si transcurre el plazo sin hacerlo, el bono caduca y el dinero vuelve al programa.

Ese límite no debe confundirse con la vigencia del Kit Digital. La Orden TDF/39/2026, publicada en el BOE en enero, establece que sus bases se aplican hasta que se agoten los fondos. Además, el dinero no gastado debe reinvertirse en el propio programa, incluso después de 2026.

La continuidad de esas bases tampoco implica que se puedan presentar solicitudes en cualquier momento. Cada convocatoria tiene un periodo específico. La última dirigida a autónomos y empresas de menos de tres empleados terminó el 31 de octubre de 2025; una eventual nueva convocatoria tendría su propio plazo.

Una vez firmado y validado cada acuerdo, comienza otro calendario: el de la prestación contratada. La primera fase, dedicada a la implantación, tiene una duración máxima de tres meses. Es el periodo en el que se realizan actuaciones como montar la web o entregar el ordenador. Después se abre una segunda fase de doce meses durante la cual el agente mantiene el servicio.

Para el negocio beneficiario, terminar ese periodo puede suponer asumir gastos. La web puede seguir activa si paga el alojamiento y el dominio. En el caso del ordenador, Red.es establece que el agente debe informar de su valor residual, que no puede superar el 15% del importe del acuerdo. El beneficiario que quiera quedarse con el equipo debe abonar esa cantidad.

También existen obligaciones de justificación ante la Administración. Corresponde al agente digitalizador acreditar cada fase dentro del plazo establecido. Si no lo hace, Red.es puede exigir al beneficiario el reintegro de la ayuda.

Fuente: Libertad Digital · leer el original

Cómo se elaboró esta pieza

Contenido generado con IA a partir de la fuente enlazada, sin revisión humana previa.

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