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La Junta Electoral dará por válidas las papeletas del PSOE con Puente tachado en Valladolid el 29-N

La excepción responde a la renuncia del exministro a encabezar la candidatura, cuando las listas ya estaban proclamadas. La prohibición general de modificar los nombres de los candidatos se mantiene.

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Publicado: · Contenido generado con IA

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Votar en una mesa electoral en las elecciones
Votar en una mesa electoral en las elecciones Europa Press. Fotografía de contexto. Fecha de toma no facilitada por la fuente.

La Junta Electoral ha determinado que tachar el nombre de Óscar Puente en las papeletas del PSOE por Valladolid no anulará esos votos en las elecciones del 29 de noviembre. La decisión queda limitada a esa circunscripción y a la eliminación manuscrita del nombre del exministro tras su renuncia a encabezar la lista.

Puente continuará figurando en el primer puesto de las papeletas socialistas porque las candidaturas ya estaban oficialmente proclamadas. Los plazos legales y las necesidades logísticas impiden retirar su nombre de las papeletas para estos comicios.

El órgano electoral fundamenta la excepción en que esa tachadura adapta la papeleta a la composición real de la candidatura en el momento de votar. Considera que, en este supuesto, no existe duda sobre la voluntad del elector de apoyar a la formación política.

La permanencia del nombre de Puente había generado incertidumbre entre votantes y llamadas en redes sociales a tacharlo antes de introducir la papeleta en el sobre. Para los electores de Valladolid, la decisión significa que ese gesto concreto no impedirá que su voto al PSOE sea computado como válido.

Fuera de esta excepción, el artículo 96 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece la nulidad de las papeletas en las que se modifiquen, añadan o tachen nombres de candidatos, o se altere su orden. En el Congreso, el sistema de listas cerradas y bloqueadas no permite excluir individualmente a un candidato mediante una marca.

El Senado tiene un procedimiento distinto: el elector debe marcar con una cruz a los candidatos elegidos, hasta un máximo de tres según la circunscripción. Señalar más nombres de los permitidos, escribir mensajes o tachar candidatos no seleccionados invalida la papeleta.

Salvo la excepción acordada para Puente, las mesas deben computar como nulas las papeletas con alteraciones manuscritas en la lista de candidatos. Los votos nulos no benefician a ninguna formación ni participan en el reparto de escaños mediante el sistema D'Hondt.

Fuente: Libertad Digital · leer el original

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