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El TSJM levanta la suspensión cautelar de la caza de nueve especies de aves en Madrid

El tribunal considera insuficientemente acreditado el daño irreversible alegado por SEO/BirdLife. La decisión permite reanudar la actividad, pero no resuelve el recurso contra la orden de vedas de la temporada 2026-2027.

eldiarioLIBERAL

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Cazador
Cazador Ical. Fotografía de contexto. Fecha de toma no facilitada por la fuente.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dejado sin efecto la medida cautelar que paralizaba la caza de nueve especies de aves en la comunidad desde octubre. Tras examinar las alegaciones del Gobierno regional y de las organizaciones cinegéticas, el tribunal no aprecia motivos suficientes para mantener la suspensión provisional.

La resolución afecta a la becada, la codorniz común, la paloma zurita, el zorzal alirrojo, el zorzal real, la corneja negra, la paloma bravía, la perdiz roja y la urraca. Los cazadores podrán volver a capturar estas especies este fin de semana dentro de los periodos hábiles establecidos por la normativa regional.

Para los cazadores y los titulares de cotos, el efecto inmediato es la recuperación de la actividad suspendida. El tribunal recuerda que, al decidir sobre la medida cautelar, deben ponderarse tanto los intereses ambientales como los económicos y sociales vinculados a la caza y al medio rural.

El litigio comenzó con el recurso de SEO/BirdLife contra la Orden 2511/2026, aprobada el 25 de junio por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. La organización solicitó una suspensión urgente al sostener que varias especies estaban en declive y que su captura podía perjudicar la reproducción y reducir sus poblaciones.

El TSJM aceptó inicialmente esa petición el 6 de octubre. La suspensión abarcaba los periodos hábiles comprendidos entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de enero de 2027, además de los pasos tradicionales de octubre y noviembre, con excepciones para determinadas cacerías de suelta y cotos comerciales.

La Comunidad de Madrid, la Real Federación Española de Caza, la Federación Madrileña de Caza y la Fundación Artemisan recurrieron la medida y cuestionaron los informes de SEO/BirdLife. El tribunal considera que esos informes no acreditan suficientemente el perjuicio irreversible alegado para mantener la suspensión.

La Real Federación Española de Caza ha celebrado que se hayan atendido sus argumentos. El procedimiento sobre la orden de vedas continúa abierto: una futura sentencia determinará si la normativa autonómica se ajusta a derecho.

Fuente: Libertad Digital · leer el original

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