Antiviolencia propone multar con 60.001 euros a Iñaki Angulo por insultos homófobos a Bellerín
La propuesta incluye dos años de prohibición de acceso a recintos deportivos. El futbolista del Betis también ha presentado una querella contra el creador de contenido por un presunto delito de odio y otro de injurias graves.
La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha propuesto una multa de 60.001 euros al youtuber Iñaki Angulo por sus manifestaciones sobre Héctor Bellerín. El organismo considera que el comunicador dirigió al jugador del Betis comentarios vejatorios e insultos homófobos graves y reiterados durante una intervención difundida en una red social.
La medida planteada por Antiviolencia contempla además impedir a Angulo el acceso a recintos deportivos durante dos años. Se trata de una propuesta de sanción, no de una resolución sancionadora definitiva.
Los hechos se produjeron durante una retransmisión en directo en YouTube en la que Angulo analizaba el encuentro entre el Real Betis y el Real Madrid disputado el pasado 4 de septiembre. En ese partido, Bellerín tuvo que enfrentarse a Vinícius Júnior. El creador de contenido aludió a la apariencia y a los gustos personales del defensa, entre ellos pintarse las uñas y leer libros de mujeres, antes de realizar las manifestaciones que Antiviolencia califica de homófobas.
El Betis había solicitado a la Comisión que examinara esas intervenciones y valorara si existían indicios suficientes de infracción. El club pidió que, de apreciarlos, impulsara o propusiera la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme a sus competencias.
Por su parte, Bellerín interpuso una querella contra Angulo en la que le atribuye un presunto delito de odio en concurso ideal con un delito de injurias graves hechas con publicidad.
El artículo 23.1 c) de la Ley 19/2007 tipifica como infracción muy grave la difusión por medios tecnológicos vinculados a la información deportiva de contenidos que fomenten comportamientos intolerantes por orientación sexual, entre otros motivos, o supongan un manifiesto desprecio a los participantes en la competición.
Para las infracciones muy graves, el artículo 24 de esa ley establece multas de entre 60.000,01 y 650.000 euros.
Fuente: abc.es · leer el original
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